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Wednesday, December 18, 2013

Como hacer que el amor de pareja perdure

Como hacer que el amor de pareja perdure. Cuenta una vieja leyenda Sioux, que un día Toro Bravo, el más valiente y honorable de los guerreros, y Nube azul, la bellísima hija del jefe de la tribu, llegaron a la tienda del anciano sabio de la aldea a pedir consejo. Nos amamos –empezó el joven- y nos vamos a casar –prosiguió ella- Y tenemos tanto miedo de perdernos, que venimos a rogarle que nos haga un conjuro o un hechizo, o nos entregue un talismán para que nos proteja y garantice que estemos juntos hasta la muerte. ¿Hay algo que pueda hacer por nosotros?” El anciano se emocionó mucho al verlos tan jóvenes, tan enamorados y esperando su consejo con tanto anhelo. Habría algo – dijo- pero no sé si sea un reto muy difícil, pues implica gran sacrificio. Haremos lo que sea – respondieron al unísono los enamorados- Nube Azul –dijo el anciano- ¿ves ese monte al norte de la aldea? Tendrás que escalarlo sola, y, sin más armas que tus manos y una red, atrapar al halcón más bello y vigoroso que jamás se haya visto. Si logras atraparlo, deberás traerlo vivo al tercer día después de la luna llena. Esa es tu misión. Y tú, Toro Bravo, -continuó el sabio- tendrás que escalar la montaña del trueno y cuando alcances la cima, deberás capturar, sin hacerle daño, a la más valiente de las águilas, usando sólo tus manos y una red, para traerla el mismo día del regreso de Nube Azul. Ahora, partan, ordenó el anciano. Los jóvenes se abrazaron con ternura y luego emprendieron su camino, ella al norte, y él hacia el sur de la aldea, para cumplir con las misiones encomendadas. El día señalado, los amantes regresaron a la tienda del anciano, cargando cada uno el ave que le había sido pedida. Eran, en verdad, unos hermosos ejemplares. ¿Qué debemos hacer ahora? preguntó Toro Bravo, ¿Debemos matarlas y beber su honorable sangre? No, respondió el anciano. ¿Debemos cocinarlas y comer su carne preciosa? preguntó ella. No -repitió el sabio-, ahora deben atarlas entre sí por sus patas, con estas tiras de cuero, y luego dejarlas para que vuelen libres. La joven pareja hizo lo que se les había ordenado y soltaron las aves. El águila y el halcón intentaron levantar el vuelo varias veces pero lo único que conseguían era terminar cada vez, revolcadas en el suelo. Después de muchos intentos, irritadas y frustradas por su incapacidad para volar, empezaron atacarse con sus picos, haciéndose mucho daño. Este es el conjuro que pidieron, dijo el anciano, nunca olviden lo que acaban de ver. Ustedes son como el águila y el halcón. Si se atan el uno al otro, así sea por su inmenso amor, no sólo vivirán arrastrándose, sino que terminarán lastimándose inevitablemente. Si quieren que su amor perdure, vuelen juntos, pero jamás atados.

Sunday, May 19, 2013

Hermosa poesía para recitársela a papaíto en el día del padre


Hoy día de los Padres, papaíto quisiera dedicarte un minuto de recuerdo siquiera y al fin cantarte el himno de amor, oh papaíto que escribirte no pude cuando estaba chiquito. ¿Y cómo no escribírtelo?, papaíto querido, si tú eres el único papá que yo he tenido y yo debo quererte nada más por eso, ya que cada pulpero debe alabar su queso. Además, hay muy pocos papás, oh papaíto, que, como tú, merezcan un canto bien bonito, pues siempre como padre fuiste un padre sin menguas, pese a lo que en contrario digan las malas lenguas. Cierto que te gustaban los palitos y a veces cogías unas monas que te duraban meses y que cuando llegabas a casa en ese estado dabas unos escándalos de sacarte amarrado. Más yo sé, papaíto, yo lo sé aquí en lo hondo, que, no obstante, esa maña tú eras bueno en el fondo; pero aun cuando hubieras sido un monstruo maldito, yo te sigo creyendo muy bueno, oh papaíto! Porque tú me inculcaste, papaíto, el ejemplo de que un hogar auténtico debe ser como un templo.  Cierto que tú solías beber como un verraco convirtiendo tu hogar en un templo de Baco...Pero tú a pesar de eso - vuelvo y te lo repito -¡tú eras bueno en el fondo, muy bueno, papaíto! Tú con nosotros fuiste, pese a ser tan bohemio, como no hubiera sido quizá ningún abstemio. ¿Te acuerdas de la histórica noche en que yo nací? Tal vez tú no te acuerdes, papá, pero yo sí: Rascado como estabas, te me quedaste viendo y al final exclamaste: ¡Que bicho tan horrendo! Y gritabas en tanto te sacaban del cuarto: ¡Devuélvanme mis reales! ¡Yo no pago ese parto!, mientras mamá gemía que dejaras la bulla y el médico partero llamaba la patrulla. Después de aquella escena que yo encontré tan tierna, siguieron tus ejemplos de ternura paterna: inventaste, ofendiendo gravemente a mi madre, que yo no era hijo tuyo sino de tu compadre. Preferías - decías - verme clavar el pico que darle a mamá un fuerte para la leche Drico. Y agregabas de un modo tan rudo como cruel:¡Pídesela al compadre, que ese muchacho es de él!
Aún la veo acechándote por los alrededores de aquella taguarita del Puente de Dolores para que le entregaras los churupos del diario antes que te rascaras con mi padrino Hilario. Tú, si no la insultabas, la tomabas en chanza y ella pacientemente seguía su acechanza...Aún te escucho diciéndole: ¡Carrizo, no me aceche, mientras yo reclamaba: mamaíta, mi leche! ¿Cómo olvidar tampoco la Nochebuena aquella en que llegaste a casa metido en la botella y agarrando una vieja pantufla de cocuiza me diste de aguinaldo mi primera cueriza? Fue la primera noche que me meneaste el frito...¡Por eso no la olvido jamás, oh papaíto! Y tú también la debes recordar muy bien porque mamá esa noche te embromó a ti también. ¡Ah papá, como evoco tus sabrosas cuerizas tus clásicos trompones, tus nalgadas castizas y tus pelas que hacían salir a mamá con la escoba en la mano gritándote: Yastá! Y entonces papaíto, demudado el semblante, la agarrabas a ella de atrás para adelante y entraban los vecinos - unos noventa o cien -que al llegar la patrulla los rodaba también. Así fue, papaíto, como yo con tu ejemplo aprendí a comprender que un hogar es un templo: Hombre ya hecho y derecho, hoy tengo mi hogar propio donde de aquel modelo totalmente me copio. Y en prueba de lo dicho te va esta poesía que te estoy escribiendo desde la policía.



Friday, April 12, 2013

Acta_de_constitución_del_Gobierno_de_Transición_Democrática_y_Unidad_Nacional


Acta de constitución del Gobierno de Transición Democrática y Unidad Nacional
El pueblo de Venezuela fiel a su tradición republicana, a su lucha por la independencia la paz y la libertad, representado por los diversos sectores organizados de la sociedad democrática nacional, con el respaldo de la Fuerza Armada unido en un acto patriótico de reafirmación y recuperación de la institucionalidad democrática para restablecer el hilo constitucional y haciendo uso de su legítimo derecho a desconocer cualquier régimen, legislación o autoridad que contraríe los valores, principios garantías democráticas consagrado en el artículo 350 de la Constitución del 30 de diciembre de 1999.
En concordancia con las bases y principios establecidos en la Carta Democrática Interamericana de fecha 11 de septiembre de 2001, debidamente suscrita por los estados miembros de la Organización de Estados Americanos incluyendo a Venezuela.
Considerando:
Que el día de ayer 11 de abril de 2002 fecha que será recordada con profunda indignación y tristeza nacional, ocurrieron hechos violentos en la ciudad de Caracas que se debieron a órdenes impartidas por el gobierno de Hugo Chávez Frías de atacar, reprimir y asesinar a mansalva a inocentes venezolanos que manifestaban pacíficamente en los alrededores del Palacio de Miraflores cometiéndose con ellos graves delitos comunes y de lesa humanidad contra el pueblo de Venezuela.
Considerando:
Que Hugo Chávez Frías y su Gobierno ha contrariado los valores, principios y garantías democráticas en particular los de la democracia representativa, al haber pretendido que eran exclusivas de un solo partido político cuya presidencia ha ejercido en violación de lo establecido en el artículo 145 de la Constitución de 1999 que prohíbe a los funcionarios públicos estar al servicio de alguna parcialidad política y, los de la democracia participativa al haber propugnado la elección de los magistrados del Tribunal Supremo de Justicia, de los miembros del Consejo Nacional Electoral, del Fiscal General de la República, del Defensor del Pueblo, del Contralor General de la República sin la debida postulación por sendos comités de postulaciones que debían estar integrados exclusivamente por representantes de los diversos sectores de la sociedad, en violación a lo establecido en los artículos 270, 279 y 295 de la Constitución de 1999 propugnando en esa forma el acceso al poder y su ejercicio en violación del Estado de Derecho.
Considerando:
Que Hugo Chávez Frías y su Gobierno en flagrante violación del principio de la separación e independencia de los poderes públicos consagrados en los artículos 136, 254, 273 y 294 de la Constitución de 1999 consumó un proceso de concentración y usurpación de poderes, el cual hace inexorable la necesidad del restablecimiento de la separación y autonomía de los poderes públicos, a fin de constituir autoridades que garanticen el respeto a los derechos humanos y libertades públicas y a los valores e instituciones democráticas propias de un Estado de Derecho.
Considerando:
Que Hugo Chávez Frías y su Gobierno en violación al artículo 328 de la Constitución de 1999 pretendieron vulnerar la institucionalidad y misión histórica de las Fuerzas Armadas Nacionales, su dignidad y papel en el desarrollo nacional, al imponerle funciones contrarias a la naturaleza exigiéndole lealtad a una sola parcialidad política y a un proyecto político ideológico y personal, lo cual no se corresponde a un marco institucional democrático.
Considerando:
Que Hugo Chávez Frías y su Gobierno ha menoscabado sistemáticamente derechos humanos garantizados en la Constitución de 1999 y en los tratados, pactos y convenciones internacionales relativas a los derechos humanos suscritos y ratificados por la república, al punto de que nunca como en estos últimos tres años los organismos interamericanos de protección de Derechos Humanos han recibido tantas denuncias fundadas de violación de los mismos, en particular relativa al derecho de la vida al debido proceso a la libertad de expresión e información y al derecho a la información.
Considerando:
Que Hugo Chávez Frías y su Gobierno ha propiciado desde sus altas posiciones una instigación a delinquir, al propiciar violaciones de toda índole a la propiedad privada, así como obstaculizar la investigación y sanción de civiles y militares afectos al régimen que han incurrido en delitos contra la cosa pública en flagrante violación a los principios del Estado de Derecho y contrariando componentes fundamentales del ejercicio de la democracia como son la transparencia de las actividades gubernamentales, la probidad y la responsabilidad de los gobiernos en la gestión pública.
Considerando:
Que Hugo Chávez Frías y su Gobierno promovieron irresponsablemente un clima de confrontación y violencia social, contraria a la unidad nacional, al pluralismo democrático y en general al respecto a los principios y valores democráticos contra todas las instituciones y sectores de la sociedad venezolana.
Considerando:
Que Hugo Chávez Frías y su Gobierno han trazado y ejecutado una política exterior contraria a los más altos intereses económicos, políticos y sociales de la nación, ocasionando un aislamiento de graves consecuencias para el país, manteniendo un tratamiento ambiguo frente al flagelo del terrorismo internacional y desarrollando vínculos irrefutables con la narco guerrilla colombiana.
Considerando:
Que Hugo Chávez Frías y su Gobierno mediatizando y controlando la autonomía del poder electoral, en violación al artículo 294 de la Constitución de 1999 y a los convenios internacionales ratificados en el marco de la OIT pretendió desconocer las legítimas autoridades sindicales del país, para imponer una falsa representación obrera sumisa a sus intereses en franca violación del ordenamiento jurídico nacional y de los acuerdos internacionales que regulan la materia.
Considerando:
Que Hugo Chávez Frías y su Gobierno con base a la Ley Habilitante del 13 de noviembre de 2000 dictó 48 decretos con fuerza y valor de ley contrarios a la Constitución de 1999 y a la propia Ley Habilitante y, además sin haber realizado el proceso de consulta pública obligatoria que exigen los artículos: 204 y 211 de dicha Constitución que se aplican a los casos de delegación legislativa lo que significa no sólo violación del texto fundamental, sino un quebramiento de la confianza de los sectores productivos del país, promoviendo el irrespeto a la propiedad privada y generando un clima de incertidumbre económica.
Considerando:
Que Hugo Chávez Frías y su Gobierno pusieron a la administración pública al servicio de una parcialidad política, contrariando lo dispuesto en el artículo 141 de la Constitución entre otros factores mediante la creación de los denominados círculos bolivarianos, a fin de promover acciones violentas y contrarias a la democracia y al Estado de Derecho tendientes a intimidar a la mayoritaria oposición que se ha venido manifestando en todo el país en violación de los derechos a la vida, a la libertad de expresión y a manifestar públicamente garantizados en los artículos 43, 57, 58, 68 de la Constitución de 1999.
Considerando:
Que el ejercicio pleno de la vida en democracia exige la convivencia pacífica y ajustada a derecho de mayorías y minorías en el proceso político, así como el respeto a todas las instituciones sean religiosas, profesionales, empresariales, políticas, gremiales, sociales y/o comunitarias sean o no partidarias del gobierno de turno a efecto de promover la unidad y sosiego del pueblo en un marco de libertad, pluralismo, respeto y tolerancia.
Considerando:
Que Hugo Chávez Frías en el día de ayer, presentó su renuncia al cargo de Presidente de la República ante el Alto Mando de la Fuerza Armada Nacional, y el Vicepresidente Ejecutivo de la República abandonó su cargo con lo cual se ha configurado un vacío constitucional de poder con el objeto de restablecer la institucionalidad democrática y llenar el vacío constitucional de poder, para que el gobierno de la república pueda adaptarse a las exigencias y principios constitucionales y a los establecidos en la Carta Democrática Interamericana:
Decretamos:
Constituir un Gobierno de transición democrática y unidad nacional de la siguiente forma y bajo los siguientes lineamientos:
Artículo 1: Se designa al ciudadano Pedro Carmona Estanga venezolano, mayor de edad, con C.I. N° 1.262.556 presidente de la República de Venezuela.
Quien asume en este acto y de forma inmediata la jefatura del Estado y del Ejecutivo Nacional por el periodo establecido en este mismo Decreto.
El Presidente de la República en Consejo de Ministros queda facultado para dictar los actos de efectos generales que sean necesarios para la mejor ejecución del presente decreto y la consolidación del gobierno de transición democrática.
Artículo 2°: Se restablece el nombre de República de Venezuela, con el cual continuará identificándose nuestra patria desde este mismo instante.
Artículo 3°: Se suspende de sus cargos a los diputados principales y suplentes a la Asamblea Nacional.
Se convoca la celebración de elecciones legislativas nacionales a más tardar para el mes de diciembre de 2002 para elegir a los miembros del Poder Legislativo Nacional, el cual tendrá facultades constituyentes para la reforma general de la Constitución de 1999.
Artículo 4°: Se crea un Consejo Consultivo que ejercerá las funciones de orden de consulta del Presiente de la República. El Consejo de Estado quedará integrado por 35 miembros principales y sus respectivos suplentes en representación de los diversos sectores de la sociedad democrática venezolana los miembros principales podrán separarse temporalmente de sus cargos sin perder su investidura para ocupar cargos en el Ejecutivo Nacional, estadal o municipal y sus faltas temporales o absolutas serán cubiertas por sus suplentes.
El Consejo Consultivo elegirá de su seno un presidente, dos vicepresidentes y un secretario.
El Consejo Consultivo estará integrado por los 35 ciudadanos que se identifiquen en el Decreto-Ley que a tales efectos se dicte.
Artículo 5°: El Presidente de la República de Venezuela coordinará las políticas de la transición democrática nacional y, las demás decisiones adoptadas para garantizarla con los poderes públicos estadales y municipales.
Artículo 6°: Se convocará a elecciones generales nacionales en un lapso que no excederá a 365 días contados a partir de la presente fecha.
El gobierno de transición democrática cesará en sus funciones una vez que el nuevo presidente electo democráticamente asuma su cargo. El presidente de la república designado en este caso no podrá ser candidato a la presidencia de la república en dicho proceso electoral.
Artículo 7°: El Presidente de la República en Consejo de Ministros podrá renovar y designar transitoriamente a los titulares de los poderes públicos, nacionales, estadales y municipales para asegurar la institucionalidad democrática y el adecuado funcionamiento del Estado de Derecho; así como a los representantes de Venezuela ante los parlamentos Andino y Latinoamericano.
Artículo 8°: Se decreta la reorganización de los poderes públicos a los efectos de recuperar su autonomía e independencia y asegurar una transición pacífica y democrática, a cuyo efecto se destituyen de sus cargos ilegítimamente ocupados al presidente y demás magistrados del Tribunal Supremo de Justicia, así como al Fiscal General de la República, al Contralor General de la República, al Defensor del Pueblo y a los miembros del Consejo Nacional Electoral.
El Presidente de la República en Consejo de Ministros previa consulta con el Consejo Consultivo designará a la brevedad posible a los ciudadanos que ejercerán transitoriamente esos poderes públicos.
Artículo 9°: Se suspende la vigencia de los 48 decretos con fuerza de ley, dictados de acuerdo con la Ley Habilitante de fecha 13 de noviembre de 2000.
El Presidente de la República instalará una comisión revisora de dichos decretos-leyes, integrada por representantes de los diversos sectores de la sociedad.
Artículo 10°: Se mantiene en plena vigencia el ordenamiento jurídico en cuanto no colida con el presente decreto ni con las disposiciones generales que dicte el nuevo gobierno de transición democrática.
Asimismo se mantienen en vigencia todos los compromisos internacionales, válidamente asumidos por la República de Venezuela.
Artículo 11°: El gobierno de transición democrática y unidad nacional entregará sus poderes y rendirá cuenta de sus gestiones a los órdenes del Poder Público que legítimamente se elijan, de acuerdo con lo dispuesto en este decreto y demás disposiciones constitucionales y legales-
Dado en el Palacio de Miraflores en la ciudad de Caracas el día 12 del mes de abril de 2002.
Años 191º de la Independencia y 142º de la Federación.
Señoras y señores, a los fines de seguir adelante con este movimiento de toda la sociedad democrática nacional, a la salida de este recinto se les convoca a firmar el decreto que se acaba de leer como adhesión a este proceso.
Acto de juramentación
Yo, Pedro Carmona Estanga, en mi condición de Presidente de la República de Venezuela, juro ante Dios Topoderoso, ante la patria y ante todos los venezolanos restablecer la efectiva vigencia de la Constitución de la República de Venezuela de 1999 como norma fundamental de nuestro ordenamiento jurídico y restituir el Estado de Derecho, la gobernabilidad y la garantía del ejercicio de las libertades ciudadanas, así como al respecto a la vida, la justicia, la igualdad, la solidaridad y la responsabilidad social.

Firmada por: Manuel Rosales, Asdrúbal Pulido Salvatierra, Pedro Enrique Piñate Bermúdez, Vladimir Castellanos, Germán Barreto H., José Rafael Berroterán Esculpi, Aquiles José Rojas Salazar, José Castro M., Hugo Rodríguez Rausseo, Luis R. Contreras Laguado, Laura Rivero, Alexis Rodríguez, Nelson Albornoz, Alicia Sepúlveda, Jesús Nicolás de Fino Montes, Michel Biondi, Óscar Francisco Mora Endara, Pedro J. Mantellini, J.R. Chacón Mogollón, Miguel Antonio Hernández, Eduardo Arturo Gámez Quintero, Luis Gerardo Ascanio Estévez, Giusepe Grunfio, Miguel Ambrosio E., Héctor Sabatella, Roberto Marrero, Flavio Passano Mauri, Asnaldo Antonio Vásquez Rivas, Óscar Eduardo Moratino, Hugo Aranguren Quintero, Douglas León Natera, Ely López Quijada, Jesús López Planchart, Porfirio Tamayo, Víctor Sequeda, Juan Carlos Zapata, Rómulo Otaso Pérez, Julio Lesa Arreaza, Roberto Henríquez, María C. de Huizi, Cristín Nicolás Núñez, Heidi Andreína Flores Palacios, Ibraín García Carmona, Miguel Mónaco Gómez, Alfredo Chaparro, Pablo César Marín, William Chávez, Iván Morales Valles, Adolfo Pastrano Matute, Rubén Darío Bustillos, Américo Martín, Martha de Briceño, Giovani Otaviani Vera, Eldar Levi Pascal, Antonio Isaac Pardo Guilarte, Rafael Ojeda Henríquez, Nelson Dagama Suárez, Alfredo Fernández Gallardo, Carlos Fernández Gallardo, Eliseo Sarmiento Pérez, Luis Rafael Hernández, Varela Ramos, Édgar Linares Machado, Gerson Rabanales, Gloria Janeth Istifano, Roberto Campos Silva, Miguel Alejandro Alfonzo Ruiz, Miguel Angel Luna, Gabriela Domínguez, Orlando Mangliani, Víctor Manuel Dálamo, Nelson José Mendoza P., Heidi Engelberg, José Ramón Chourio, Alfredo G. Dominisio, Adalberto Jiménez, José Gregorio Correa, Miguel Valle Herrera, José Javier Martínez, Juan Carlos Arreaza, Pedro Palomino, José Santiago Romero, Yeikok Abadi, Rubén Flores Martínez, Alida Lasar de Medina, Ricardo Álvarez Uzcátegui, Noel Álvarez Camargo, Roberto Campos Silva, Rafael Méndez Díaz, Bernardo Corredor Ramírez, Francisco Márquez Velasco, Alfredo Ortega Rubio, Fernando Albán, Fiderela Fórmica, Abelardo Pinedo, Maximiliano Magil, Edgar Villarroel, María Eugenia Chacón Moreno, Ana Patricia Laya, Andrea Daza Tapia, Rafael Luis y Clavier, Carlos Redondo Morazani, Rodolfo León Nobel, José Rafael Márquez Avendaño, Carlos de Seda Rojas, Emilio Peñaranda Pita, Roger Guillén Castro, Arturo Calderón, José Martínez Franco, Vilma Petrach, Gregorio Rojas Salazar, Marcos Acosta, Hugo Arrioja, Guillermo Velutini, José Gregorio Vásquez, Néstor González González, Félix Aranguren, Sergio Omar Calderón, Juan Moreno Gómez, Vilma Hernández, Ramón Alvarez Viso, Juan Carlos Barroso, Angel Prato, Miguel Méndez Fabiani, Luis Gerardo Ventura, Jame Eisleiman, Silvino José Bustillos, Eduardo José Cabrera, Sammy Jesús Landaeta Millán, José Valentín Liscano Coronado, Brionet Michel, Carmen América Oropeza, Mireya Valderrama, Eduardo Marín, Marcos Torres, Rubén Piña Zaa, Ibeth de Bustillos, Eduardo Galavis Añez, Pedro Rafael Betancourt, José Gabriel Izaguirre Duque, Alfonso Albornoz Niño, Julio César Pasarelo Golding, Remo Alejandro Pasarelo Golding, Rafael Varela Gómez, María Corina Machado, Antonio Nicolás Briceño Brown, Roberto Mendoza L., José De Sousa, general de división Rafael A. Montero Rebete, Gretel González Penzo, Abraham Pulido Méndez, Marcos Oviedo, José Rodríguez, Luis Reyes, Elías Bittar Escalona, Luis Eduardo González del Castillo Yánez, Andrés Rojas Cubero, José Martli Saqui, Carlos Alberto Guevara Solano, Pedro Luis Ravelo, José Ángel Urbina, Luis González del Castillo, Alejandro Peña Esclusa, Carlos Redondo Morazani, César Camejo Blanco, Ernesto Amado Villasmil, Yaniret Suárez Mujica, Alberto José Fernández Arribillaga, Alejandro Goiticoa Ramírez, Betty de Martínez, Nelson Morales Caraballo, Gerardo Omaña, Alexis Garrido Soto, Andrés Rojas, Iván Sanoja Martínez, Juan Enrique Aister, Gustavo L. Velásquez, Fidias Marcano, Francisco Martínez G., María Alejandra García Gómez, Félix Francisco Figuera Valdés, Ubilerma de Jesús Brito Useche, María Rodríguez Ramos, Richard David Figueras, Jesús Francisco Figueras, Corina de Machado, Luis Morales Parada, Miguel Ardanas, Carlos Salvatore Mariscalco, Oswaldo Cocne, Luis Manrique, Carlos Julio Ostos, Gisela Gómez Sucre, Andrea Gabriela Gómez, Vicente Dávila Arreaza, Rodolfo Lovera Pérez, Daniel Fernández, Alfredo Rangel Mata, Margarita Rodríguez B., Jhonny José Barrios, Carlos Enrique Quintero, Laura Carolina García Gómez, Ricardo García Enríquez, Haydée Deus, María Cristina Parra, Mimí Yaneth Aseti, Sixto Díaz Miranda, Pedro Francisco Arroyo, Alberto Blasini, Enrique Yéspica Alvarado, José del Carmen Montilla, José Alberto Zambrano G., Michael Gogarizan, Herminio Fuenmayor, Reinaldo Casanova, Hugo Hernández Raffali, Néstor Col, Gonzalo de Guruceaga, Sergio R. Sucre, Rafael Arreaza Padilla, Luis Miguel Fajardo, Rafael Castellanos, Pedro José Figueras, Luis Rafael Fajardo, Pedro Rojas Villafaña, Marcial Lara Ortega, Jesús A. Cabezas Castro, Isidro Díaz Infante, César Ramírez Morales, Armando León, Ciro Belloso, Rubén Barboza, Rafael García P., Rodríguez Meijaró Iturbe, vicealmirante Diofante Torrealba, Marianela Mata B., Marianela Dorante de Aguiar, Alberto Mariño, José A. Ciriliano, Mario Tepedino, Juan Andrés Sosa B., Luis E. Servando, Pedro Perdomo Alberto, Víctor Ruido Medina, Javier Muñoz León, Gonzalo Mendoza, Darío Bander Fontúrbel, Félix Pérez Avilés, David Meneses, Jesús María, Felipe Brillembourg, José Antonio Navarro Evia, Lourdes Alcalá de García, Vilma Martínez, doctora Weles Sacarías, Alberto Quirós, Juan Pablo Borregales Delgado, J.M. Magro O., Juan Antonio Goliat, Rafael A. Jimones Márquez, Gilberto Carrasquero Araujo, Jesús A. Jiménez Galvis, Enrique José Cedeño, Víctor José García, Manuel A. Pulido, Rodolfo, Jesús María Ponce, David López Henríquez, Valentina Leseur, Maye Primera Garcés, Ingrid Gómez, Víctor Hernández Dépori, Armando E. Cuello Adrianza, Alexis Martínez, Carlos Cadavieco, Alvaro Caballero Fonseca, José Rodríguez, Víctor Mendoza, Jesús Alberto Fernández J., Mario Caputo Cesarani, Rafael Orlando Chacón Prada, Gustavo Nagen, Edecio Brito, Leopoldo López Gil, Rafael Mendoza Rivera, Nancy Figueroa Yánez, Dolores Piña de Nieto, Héctor Otilio Pujol, Josefina Quintero Sanabria, Richard Toquer Loero, Carlos Rodríguez Matosa, Alba Teresa Parra, Rosaura Aguiar Aranguren, doctor Miguel Angel Castillo, ingeniero Ismael Jiménez Velásquez, Lic. Manuel Mendoza Villarreal, Castor González, José Antonio Gil Yépez, Marcel Carballo, Germán Barreto, María del Amparo Parejo, Jaime Manso Manso, Alicia Taormina Parra, Ramón Rodríguez, Francisco Alvarado Ordóñez, Octavio Delamo, Rafael Antonio Ramones Montero, Yuly Penet, Miguel Enrique Corso Corso, Fernández Galíndez Díaz, Simón Uscanga Lovera, Alfredo Larrazábal, Guillermo Colimodio, Gonzalo Colimodio, Félix Duarte, Alfonso Riera, Juan Luis Rico Chayet, Rodolfo Rabanales, Gloria Pacífico de Bustillos, Guillermo Alcalá Prada, Vicente Brito, Alicia Uzcátegui de Zambrano, Luis Antonio Molina, Gonzalo Pérez Hernández, Pedro Jesús Castro Torrealba, Gonzalo Medina Valery, Víctor Escobar, Carmen Gedel, Thais de Gibs, Alberto Gibs Gil, Nicole Michele Moreli, Blas Antonio García Núñez, Carlos Grimaldi, Miguel Pupio Pizani, Rubén Ortiz Córdoba, Luz García, Sergio Contreras, Osleida Arévalo Montilla, Jorge Paparoni M., Luis Horacio Vivas Peña, Elio Andrés Delamo Chacón, Andrés González Herrera, Julio César Cabrera, Francisco Briceño, Escales Díaz Aguiar, José D. Bravo, Ana Karina González, Jorge Hung, Osías Senior, Edgar Monserrate, Belkis Yépez, Ángel Irigoyen, Carlos Enrique Gutiérrez, José Vicente Carrasquero.
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Friday, April 05, 2013